• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JUAN JOSE CARBONERO REDONDO
  • Nº Recurso: 253/2010
  • Fecha: 23/12/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No cabe tener por aprobada, mediante silencio administrativo positivo, la solicitud de normalización de fincas, redefiniendo sus linderos para su adaptación al planeamiento, pues nos hallamos ante suelo urbano consolidado, por lo que falta el presupuesto básico para dicha normalización, que además, no implica modificación de titularidades preexistentes. Tampoco opera el silencio positivo ante una solicitud genérica que deja a la decisión administrativa la elección de una u otra opción, expediente de reparcelación económica o expediente de normalización de fincas. Imparcialidad de la juez, pese a haber fallado otro procedimiento en contra de los recurrentes. Recusación extemporánea e improcedente. La temeridad como criterio determinante para la imposición de costas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 341/2012
  • Fecha: 27/11/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto por una Magistrada contra la resolución del CGPJ por la que se declaró incompatible su condición de Magistrada en servicio activo con la condición de partícipe en una sociedad mercantil. La Sala, antes de resolver las alegaciones de la demanda, trae a colación la sentencia del Pleno que anuló el precepto del Reglamento de la Carrera Judicial que imponía a Jueces y magistrados la previa concesión de compatibilidad en los casos de administración del patrimonio personal y familiar bajo forma de sociedad o cualquier otro topo de de persona jurídica. Sin embargo la Sala precisa que tal anulación no altera la subsistencia del precepto de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece, dentro de las incompatibilidades de los Jueces y Magistrados, el ejercicio de actividad mercantil por sí o por otro, por lo que habrá de dilucidarse si la recurrente incurre en la incompatibilidad regulada en la LOPJ. La Sala, por las razones que expone, considera que sí constituye ejercicio de la actividad mercantil por otro la tenencia de la mitad de las participaciones de la sociedad mercantil que tenía con su marido y que tal situación pudiera afectar a la apariencia de imparcialidad objetiva para el ejercicio de la actividad jurisidiccional de la recurrente, por lo que desestima el recurso. Asimismo, descarta la aplicación retroactiva de la LOPJ ya que el CGPJ sólo tuvo conocimiento de los hechos cuando se los comunicó la recurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 1825/2011
  • Fecha: 11/11/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes: no toda irregularidad u omisión en materia de prueba causa indefensión material constitucionalmente relevante y es necesario acreditar que la prueba denegada era decisiva para la decisión final del proceso. Inexistencia de incongruencia. Imparcialidad del magistrado ponente por la contaminación derivada de la resolución del incidente de calificación del concurso: denuncia genérica incorrectamente formulada y ajena al recurso de casación que solo puede basarse en la infracción de norma sustantiva. La acción de responsabilidad del administrador concursal es una acción colectiva, basada en la causación de un daño o perjuicio a la masa, por una conducta del administrador concursal, activa u omisiva, contraria a la ley o a la diligencia que le resulta exigible en el ejercicio de la función para la cual ha sido nombrado. En el caso, las conductas imputadas al administrador concursal no son contrarias a la ley. Aunque es cierto que la legitimación de cualquier acreedor para ejercitar la acción de reintegración no exime de responsabilidad al administrador por no ejercitarla, en el caso los actos quedaban fuera del periodo sospecho de los dos años anteriores a la declaración de concurso y no podían ser impugnados por medio de la acción rescisoria concursal. En cuanto a la responsabilidad derivada falta de solicitud del IVA, las dos circunstancias valoradas por la sentencia recurrida justifican la falta de responsabilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
  • Nº Recurso: 64/2013
  • Fecha: 30/10/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Derecho al Juez Imparcial. No se afecta, como regla general, porque concurran a dictar Sentencia los mismos miembros del Tribunal Militar Central que dictaron la anterior Sentencia que fue anulada en Casación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
  • Nº Recurso: 297/2010
  • Fecha: 09/10/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TS desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra un acuerdo del Pleno del CGPJ. A este respecto, distingue entre dos actuaciones: (I) el nombramiento de jueces sustitutos y (II) el llamamiento de quienes han obtenido ese nombramiento para desempeñar sus funciones en órganos jurisdiccionales concretos. En síntesis, el Alto Tribunal declara que una vez que es firme el acto de nombramiento de cualquier juez sustituto no puede cuestionarse su idoneidad profesional. En este caso, consta el supuesto habilitante del llamamiento, que es válido porque trae causa de una licencia por enfermedad de la titular del juzgado de 30 días de duración, así como de la necesidad de sustituir un juzgado en la totalidad de sus asuntos y durante ese largo período de tiempo. Finalmente, se señala que el acto gubernativo del llamamiento del sustituto no tiene que ser comunicado a los litigantes que sean parte en todos los procesos que se estén tramitando en el juzgado, ya que las garantías de los litigantes, en lo que concierne a la imparcialidad del sustituto, se pueden hacer valer una vez notificadas las resoluciones que individualmente les afecten.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 362/2012
  • Fecha: 30/09/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra un acuerdo del Pleno del CGPJ en relación con supuestas irregularidades cometidas en la actuación de dos Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. El TS recuerda que todos los órganos de gobierno judicial han de respetar la exclusividad que sobre el ejercicio de la potestad jurisdiccional corresponde a los jueces y magistrados, y que la función investigadora que es inherente a la actividad gubernativa debe limitarse a las disfunciones burocráticas de la organización judicial y a la constatación del cumplimiento de las obligaciones profesionales que estatutariamente corresponden a los miembros de la Carrera Judicial en su faceta de empleados públicos. En ese sentido, forman parte del núcleo de la potestad jurisdiccional y quedan, por ello, fuera de las atribuciones de los órganos de gobierno del Poder judicial todas aquellas situaciones en las que el juez debe efectuar una mínima operación valorativa fáctica o jurídica para la adopción de las decisiones que puedan resultar procedentes en el marco de una actuación procesal. En el caso de autos, abstenerse o no en un pleito constituye materia jurisdiccional, de manera que si el recurrente entendía que se daba una causa de abstención estaba a su disposición la recusación siguiendo las normas procesales. Por último, el CGPJ carece de competencia para realizar investigación alguna de los secretarios judiciales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO PIGNATELLI MECA
  • Nº Recurso: 65/2013
  • Fecha: 12/09/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recusación. El derecho al Juez imparcial no se afecta como regla general porque concurran a dictar Sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación. Motivación de la sanción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
  • Nº Recurso: 24/2013
  • Fecha: 23/07/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tutela Judicial efectiva. Derecho a un juez imparcial. Motivación de la sanción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
  • Nº Recurso: 14/2013
  • Fecha: 23/07/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Derecho al juez imparcial. No se afecta, como regla general, porque concurran a dictar Sentencia los mismos miembros del Tribunal Militar Central que dictaron la anterior sentencia que fue anulada en casación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS CALVO CABELLO
  • Nº Recurso: 21/2013
  • Fecha: 17/07/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Derecho al juez imparcial. Como regla general no queda afectado porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación. Proporcionalidad de la sanción.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.